Montesquieu. Fundamento de la teoría constitucional moderna: separación de los poderes legislativo, ejecutivo y judicial como garantía estructural de la libertad; tipología de los regímenes (república, monarquía, despotismo) y análisis de las condiciones históricas y sociales que hacen viables distintos sistemas políticos.
Elena V.
Red de obras
Fue influenciado por
Montesquieu admiró la Constitución inglesa que Locke había teorizado; el gobierno limitado y la separación funcional del poder en el Espíritu de las Leyes heredan directamente la tradición lockiana.
Montesquieu trabaja explícitamente sobre la tipología de regímenes de Maquiavelo (república, monarquía, despotismo) y la reelabora bajo criterios históricos y climatológicos.
Montesquieu retoma la tradición republicana maquiaveliana: la virtud cívica como requisito de la república, el análisis histórico de las condiciones de cada régimen y el ciclo de degeneración constitucional.
Montesquieu y Voltaire comparten el exilio inglés como experiencia formativa. El elogio voltairiano del Parlamento y la constitución mixta inglesa precede y anticipa el análisis de Montesquieu en El espíritu de las leyes.
Influyó en
El Federalista cita a Montesquieu explícitamente y extensamente: la separación de poderes del Espíritu de las Leyes es la base arquitectónica de la Constitución americana. Madison refuta además la tesis de Montesquieu de que la república solo es viable en territorios pequeños.
Beccaria reconoce explícitamente en la dedicatoria y el texto la deuda con El espíritu de las leyes: la proporcionalidad de las penas a los delitos, la crítica de la tortura y la distinción entre legislador y juez provienen de Montesquieu.
Responde a
Montesquieu elabora la separación de poderes como mecanismo constitucional para impedir la concentración soberana que Hobbes juzgaba necesaria; el Espíritu de las Leyes es una respuesta sistemática al absolutismo hobbseiano.